Para poder comercializar cualquier tipo de Epi, en el seno de la Unión Europea, debe ser conforme con el Reglamento (UE) 2016/425 . Esto implica, entre otras muchas cosas, que tenga que cumplir ciertos requisitos esenciales de seguridad y salud.
¿cómo sabemos que un equipo cumple esos requisitos? Disponemos para ellos las normas armonizadas, que han sido consensuadas con los diferentes países de la unión Europea y los diferentes agentes sociales, y cuyo cumplimiento da presunción de conformidad con el reglamento.
¿Qué son las normas armonizadas? Son un tipo concreto de norma europeas elaboradas por un organismo europeo. Es una especificación técnica (Norma europea EN o documento de armonización HD), aprobaba por el CEN por mandato de la Comisión, con a arreglo a las disposiciones de la Directiva 83/189/CEE. Su cumplimiento es obligatorio
Estas normas armonizadas garantizan que el EPI te va a proteger realmente. Los equipos se tienen que someter a una serie de pruebas para garantizar su funcionalidad. Asegurarse que va a proteger para lo que realmente se destina.
Como ejemplo os paso un link del INSST de las normas armonizadas para protección respiratoria. El resto de los riesgos se localizan fácilmente en la Web del INSST
En el caso de los EPI, la colocación de los marcados CE supone que el fabricante ha sometido al EPI a los procesos de evaluación de la conformidad que se detallan en el Reglamento (UE) 2016/425, los cuales varían según la categoría del EPI.
El llevar una pantalla facial o llevar una gafa integral certificada según el reglamento (UE) 2016/425 te garantiza que puedas llevarla sin que tengas problemas en la vista y que al cabo de unas horas de uso no tengas problemas tanto de nitidez como de posibles trastornos. En el casos de las mascarillas te garantiza que haya sido ensayada según la UNE-EN 149:2001+A1:2010 tanto su capacidad de filtración, respirabilidad y ajuste.